Artículo 131 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 131.- Se impondrá prisión de uno a cinco años, multa hasta de cien días de salario y suspensión de la licencia para manejar de uno a cinco años al que conduzca un vehículo en estado de ebriedad o bajo la influencia de enervantes, estupefacientes o psicotrópicos o de cualquiera otra sustancia que produzca los mismos o parecidos efectos que las mencionadas o que altere en otra forma la conducta.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.