Artículo 19 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 19.- No se aplicarán los artículos anteriores tratándose de delitos políticos.
Sanciones y medidas de seguridad
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.