Código Penal estatal

Artículo 319 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala

Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 319.- Se impondrá multa de diez a cien días de salario mínimo vigente en la entidad, y prisión de cinco meses a tres años, al funcionario electoral que:

I. Injustificadamente se niegue a reconocer la personalidad de los representantes de los partidos políticos, coaliciones o candidatos;

II. Dolosamente, altere, falsifique, sustituya, destruya o haga uso de archivos computarizados que contengan cualesquiera de los documentos públicos electorales;

III. Instale, abra o cierre una casilla dolosamente, fuera de los tiempos y formas previstos por la legislación estatal electoral;

IV. Injustificadamente no entregue o impida la entrega oportuna de documentos públicos electorales o material relacionado con la jornada electoral;

V. Injustificadamente impida recibir el voto de los electores que tengan derecho a sufragar;

VI. Obstruya dolosamente el desarrollo de la jornada electoral;

VII. Ejerza presión, sobre los electores y los obligue a votar por un determinado partido político, coalición o candidato, y VIII. Expulse de la casilla sin causa justificada a los representantes de algún partido político o coalición debidamente acreditado ante la mesa directiva de casilla.

(Reformado, P.O. 12 de febrero de 2004)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 319 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala?

Se impondrá multa de diez a cien días de salario mínimo vigente en la entidad, y prisión de cinco meses a tres años, al funcionario electoral que: I. Injustificadamente se niegue a reconocer la personalidad de los…

¿Está vigente el artículo 319?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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