Artículo 46 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave
Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 46.- Respecto a las personas morales, las penas son:
I. Pecuniaria;
II. Publicación de sentencia;
III. Suspensión;
IV. Disolución;
V. Prohibición de realizar determinadas operaciones o negocios;
VI. Intervención; y VII. Decomiso y aplicación de los instrumentos y objetos del delito.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.