Artículo 111 de Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 111.
Mejoramiento de la garantía por efecto de la tercería.
En caso de que se declare fundada una tercería excluyente o que con motivo de ella se levante el embargo, el actor en el juicio principal podrá solicitar al juzgador que ordene la ampliación del embargo o un nuevo embargo de bienes sobre los cuales pueda ejecutarse la sentencia.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.