Código Civil estatal

Artículo 125 de Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza

Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO 125.

Deberes de las partes y de sus representantes judiciales.

Las partes y sus representantes judiciales tienen los siguientes deberes:

I. Comportarse en juicio con lealtad y probidad; decir la verdad y no proponer pretensiones y defensas a sabiendas de que carecen de fundamento.

La efectividad en el cumplimiento de estos deberes se sanciona con el pago de daños y perjuicios conforme al artículo 137, de este código.

II. Abstenerse de emplear expresiones indecorosas u ofensivas.

La parte o su representante que incurra en esas faltas, será sancionada con multa en los términos de los artículos 154 y 174, fracción II de este ordenamiento.

III. Comparecer ante el juzgador cuando sean llamados para actos conciliatorios, o para ser interrogados sobre los hechos de la causa.

Para hacer cumplir este deber, el juzgador podrá usar los medios de apremio que autoriza la ley.

IV. En general todos aquellos imperativos jurídicos establecidos y sancionados en este código, para favorecer una adecuada realización del proceso.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 125 de Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 125 de Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza?

Deberes de las partes y de sus representantes judiciales. Las partes y sus representantes judiciales tienen los siguientes deberes: I. Comportarse en juicio con lealtad y probidad; decir la verdad y no proponer…

¿Está vigente el artículo 125?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.