Artículo 163 de Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 163.
Abreviaturas, correcciones y márgenes.
En las actuaciones judiciales no se emplearán abreviaturas ni se rasparán las partes equivocadas, sobre las que solo se pondrá una línea delgada que permita su lectura y se entrerrenglonarán las que se agreguen, salvándose al final con toda precisión el error cometido.
Se dejarán los márgenes necesarios a efecto de permitir la lectura una vez glosado el documento.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.