Artículo 383 de Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 383.
Procedencia del juicio ordinario.
Todas las contiendas entre partes para las que este código no señale una tramitación especial, se substanciarán en juicio ordinario.
Las disposiciones de este Libro son aplicables en lo conducente a los demás procedimientos establecidos en este ordenamiento.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.