Código Civil estatal

Artículo 733 de Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza

Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO 733.

Cambio de la vía ordinaria por la vía ejecutiva.

Cuando la confesión expresa se haga durante la secuela de un juicio ordinario sobre pretensión de condena, cesará éste si el actor lo pidiere, y se procederá en la vía ejecutiva.

Si la confesión sólo afecta una parte de lo demandado, se procederá en la vía ejecutiva por la parte confesada, si el actor lo pidiere, y por el resto, seguirá el juicio ordinario su curso.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 733 de Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza?

Cambio de la vía ordinaria por la vía ejecutiva. Cuando la confesión expresa se haga durante la secuela de un juicio ordinario sobre pretensión de condena, cesará éste si el actor lo pidiere, y se procederá en la vía…

¿Está vigente el artículo 733?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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