Código Civil estatal

Artículo 831 de Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza

Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO 831.

Casos en que procede la nulidad del laudo arbitral.

Los laudos arbitrales sólo podrán ser anulados por el juzgador competente en los siguientes casos:

I. Cuando el convenio arbitral o la cláusula compromisoria fuesen nulos.

II. Si en el nombramiento de los árbitros y en el desarrollo de la actuación arbitral no se observaron las formalidades y principios esenciales establecidos en la ley.

III. Cuando una de las partes no fue debidamente notificada de la designación de un árbitro o de las actuaciones arbitrales, o no hubiere podido, por cualquier otra razón hacer valer sus derechos.

IV. Si el laudo se emitió extemporáneamente.

V. Cuando los árbitros hayan resuelto sobre puntos no sometidos a su decisión o que, aunque lo hubiesen sido, no pueden ser objeto de arbitraje.

En estos casos la anulación afectará sólo a los puntos no sometidos a decisión o no susceptibles de arbitraje, siempre que los mismos tengan sustantividad propia y no aparezcan indisolublemente unidos a la cuestión principal.

VI. Si los árbitros no se ajustaron en el fallo a las reglas de derecho, salvo que las partes los hubiesen facultado para decidir según equidad, en conciencia o como amigables componedores, y VII. Cuando el laudo fuese contrario al orden público.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 831 de Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 831 de Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza?

Casos en que procede la nulidad del laudo arbitral. Los laudos arbitrales sólo podrán ser anulados por el juzgador competente en los siguientes casos: I. Cuando el convenio arbitral o la cláusula compromisoria fuesen…

¿Está vigente el artículo 831?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.