Artículo 919 de Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 919.
Definitividad de la ejecución.
Cumplida una resolución, el tribunal tendrá facultad para decretar todas las medidas que considere pertinentes para dejar sin efecto todo lo que se haga en contravención a lo ejecutado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.