Artículo 115 de Código Procesal Penal Acusatorio para el Estado de Tabasco
Código Procesal Penal Acusatorio para el Estado de Tabasco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 115. Condiciones por cumplir en el proceso.
El Juez fijará el plazo de suspensión condicional del proceso, que no podrá ser inferior a uno ni superior a tres años, y determinará, entre las siguientes, una o varias de las condiciones que deberá cumplir el imputado:
I. Residir en un lugar determinado;
II. Abstenerse de salir del país;
III. Frecuentar o dejar de frecuentar determinados lugares o personas;
IV. Abstenerse de consumir drogas o estupefacientes o de abusar de las bebidas alcohólicas;
V. Participar en programas especiales de tratamiento con el fin de abstenerse de consumir drogas, bebidas alcohólicas o cometer hechos delictivos;
VI. Comenzar o finalizar la educación básica si no la ha cumplido, aprender una profesión u oficio o seguir cursos de capacitación en el lugar o la institución que determine el Juez;
VII. Prestar servicio social en favor del Estado o de instituciones de beneficencia pública;
VIII. Someterse a un tratamiento médico o psicológico;
IX. Tener un trabajo o empleo, o adoptar, en el plazo que el Tribunal determine, un oficio, arte, industria o profesión, si no tiene medios propios de subsistencia;
X. No poseer o portar armas;
XI. No conducir vehículos; y XII. Cumplir con los deberes de asistencia alimentaria.
Sólo a solicitud del imputado, el Juez podrá imponer condiciones análogas a las anteriores cuando estime que resultan razonables. Para fijar las condiciones el Juez puede disponer que el imputado sea sometido a una evaluación previa.
El Juez podrá emplear los mecanismos de vigilancia más eficaces o idóneos que permitan el cabal cumplimiento de las condicionantes impuestas.
La vigilancia, supervisión y evaluación de las condiciones impuestas, quedará a cargo de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.