Artículo 342 de Código Procesal Penal Acusatorio para el Estado de Tabasco
Código Procesal Penal Acusatorio para el Estado de Tabasco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 342. Debate acerca de los medios de prueba ofrecidos por las partes.
Durante la audiencia de preparación del juicio cada parte podrá formular las solicitudes, observaciones y planteamientos que estime relevantes con relación a las pruebas ofrecidas por las demás, para los fines de exclusión.
Si se hubiere ofrecido prueba para acreditar la ilicitud de alguno de los medios ofertados por la contraparte, la misma se recibirá en la audiencia si el Juez lo estima procedente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.