Artículo 448 de Código Procesal Penal Acusatorio para el Estado de Tabasco
Código Procesal Penal Acusatorio para el Estado de Tabasco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 448. Trámite.
Recibidas las actuaciones el Tribunal de alzada, dentro de los dos días siguientes, resolverá sobre la admisión del recurso y señalará fecha para audiencia oral dentro de los diez días siguientes.
Excepcionalmente, el Tribunal de alzada podrá solicitar otras copias o las actuaciones originales. Ello no implicará la paralización del proceso.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.