Código Penal estatal

Artículo 450 de Código Procesal Penal Acusatorio para el Estado de Tabasco

Código Procesal Penal Acusatorio para el Estado de Tabasco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 450. Recurso de casación.

El recurso de casación tiene como objeto anular la sentencia pronunciada en audiencia de juicio oral o la resolución de sobreseimiento dictada en dicha audiencia, cuando:

I. Hubiere quebrantado las formalidades esenciales del procedimiento; o II. Infrinja la legalidad en la formulación de las resoluciones aludidas;

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 450 de Código Procesal Penal Acusatorio para el Estado de Tabasco?

Recurso de casación. El recurso de casación tiene como objeto anular la sentencia pronunciada en audiencia de juicio oral o la resolución de sobreseimiento dictada en dicha audiencia, cuando: I. Hubiere quebrantado las…

¿Está vigente el artículo 450?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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