Artículo 243 de Código Procesal Penal del Estado de Durango — Durango
Código Procesal Penal del Estado de Durango — Durango · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 243.- Actos urgentes.
Antes de la formulación de la querella, la policía o el Ministerio Público podrán realizar los actos urgentes que impidan continuar el hecho o los actos imprescindibles para conservar los elementos de convicción.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.