Artículo 244 de Código Procesal Penal del Estado de Durango
Código Procesal Penal del Estado de Durango · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 244.- Errores formales.
Los errores formales relacionados con la querella podrán subsanarse, cuando la víctima u ofendido se presenten a ratificarla, antes de que el Juez de Control resuelva sobre la solicitud de orden de aprehensión o se decrete la vinculación del imputado a proceso.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.