Artículo 268 de Código Procesal Penal del Estado de Durango
Código Procesal Penal del Estado de Durango · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 268.- Procedimiento para el aseguramiento.
En el aseguramiento se aplicarán las disposiciones prescritas para la inspección. Los objetos asegurados serán inventariados y puestos bajo custodia.
Podrá disponerse la obtención de copias o reproducciones de los objetos asegurados, cuando éstos puedan desaparecer o alterarse, sean de difícil custodia o cuando convenga así para la investigación.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.