Artículo 338 de Código Procesal Penal del Estado de Durango — Durango
Código Procesal Penal del Estado de Durango — Durango · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 338.- Principios.
El juicio es la etapa de decisión de las cuestiones esenciales del proceso. Se realizará sobre la base de la acusación y asegurará la concreción de los principios de oralidad, publicidad, contradicción, concentración, continuidad, inmediación e igualdad.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.