Artículo 394 de Código Procesal Penal del Estado de Durango
Código Procesal Penal del Estado de Durango · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 394.- Decisión del tribunal sobre absolución o declaración de culpabilidad.
Una vez concluida la deliberación, el tribunal se constituirá nuevamente en la sala de audiencias, después de ser convocadas verbalmente todas las partes y será leída tan sólo la parte resolutiva respecto a la absolución o la declaración de culpabilidad del acusado y el juez designado como relator informará, sintéticamente, los fundamentos de hecho y de derecho que la motivaron.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.