Artículo 152 de Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios)
Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios) · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 152.- Incumplimiento de la obligación de denunciar.
Las personas indicadas en el Artículo anterior que omitieren hacer la denuncia, incurrirán en las responsabilidades específicas conforme a las leyes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.