Código Penal estatal

Artículo 221 de Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios)

Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios) · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 221.- Efectos del criterio de oportunidad.

Si se aplica un criterio de oportunidad, se extinguirá la acción penal con respecto al autor o participe en cuyo beneficio se dispuso y respecto de los hechos que lo motivaron. Si la decisión se funda en la insignificancia del hecho, sus efectos se extenderán a todos los que reúnan las mismas condiciones.

No obstante, en el caso de las fracciones II y IV del Artículo 218 de este Código (Principios de legalidad procesal y oportunidad), se suspenderá el ejercicio de la acción penal en relación con los hechos o las personas en cuyo favor se aplicó el criterio de oportunidad, hasta quince días naturales después de que quede firme la sentencia respectiva, el Ministerio Público deberá resolver definitivamente sobre el cese de esa persecución.

Si la colaboración a que se refiere la fracción II del Artículo 218 de este Código (Principios de legalidad procesal y oportunidad) consiste en información falsa, o es proporcionada con el propósito de obstaculizar la investigación, el agente del Ministerio Público reanudará el proceso en cualquier momento. La suspensión del proceso en este último supuesto no obsta para que se continúe aplicando alguna medida cautelar, incluyendo la prisión preventiva.

Durante la suspensión prevista en este Artículo no corren los plazos de prescripción, prisión preventiva ni del proceso.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 221 de Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios)?

Efectos del criterio de oportunidad. Si se aplica un criterio de oportunidad, se extinguirá la acción penal con respecto al autor o participe en cuyo beneficio se dispuso y respecto de los hechos que lo motivaron. Si la…

¿Está vigente el artículo 221?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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