Artículo 341 de Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios)
Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios) · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 341.- Pronunciamiento del Ministerio Público.
El Ministerio Público se pronunciará sobre la acusación coadyuvante y las observaciones de la víctima dentro del plazo de cinco días de haber sido notificado.
El pronunciamiento del Ministerio Público se notificará a las demás partes dentro de las veinticuatro horas siguientes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.