Artículo 355 de Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios)
Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios) · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 355.- Restricción judicial.
Los jueces que en el mismo asunto hayan intervenido en las etapas preliminares del proceso, estarán impedidos para conocer del juicio oral.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.