Código Penal estatal

Artículo 188 de Código Procesal Penal para el Estado de Oaxaca

Código Procesal Penal para el Estado de Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 188. Prórroga del plazo máximo de la prisión preventiva Si se ha dictado sentencia condenatoria, y ésta ha sido impugnada, el plazo máximo de prisión preventiva podrá prorrogarse por seis meses más.

El Tribunal que conozca del recurso, excepcionalmente y de oficio, podrá autorizar una prórroga de la prisión preventiva más allá del plazo anterior hasta por seis meses más, cuando disponga la reposición del juicio.

Vencidos esos plazos, no se podrá acordar una nueva ampliación.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 188 de Código Procesal Penal para el Estado de Oaxaca?

Prórroga del plazo máximo de la prisión preventiva Si se ha dictado sentencia condenatoria, y ésta ha sido impugnada, el plazo máximo de prisión preventiva podrá prorrogarse por seis meses más. El Tribunal que conozca…

¿Está vigente el artículo 188?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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