Artículo 329 de Código Procesal Penal para el Estado de Zacatecas
Código Procesal Penal para el Estado de Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 329.- El sobreseimiento firme, pone fin al proceso en relación con el imputado en cuyo favor se dicta, inhibe una nueva persecución penal por el mismo hecho, produce el cese de todas las medidas cautelares que se hubieran dictado y tiene la autoridad de cosa juzgada.
Suspensión del proceso
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.