Artículo 33 de Código Procesal Penal para el Estado de Zacatecas
Código Procesal Penal para el Estado de Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 33.- El Juez y el Ministerio Público podrán requerir la intervención de la fuerza pública y disponer las medidas necesarias para el cumplimiento de los actos que ordenen en el ejercicio de sus funciones.
Restablecimiento de las cosas a estado previo
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.