Código Penal estatal

Artículo 414 de Código Procesal Penal para el Estado de Zacatecas

Código Procesal Penal para el Estado de Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 414.- Los defectos de la sentencia que habilitan la declaración de nulidad serán los siguientes:

I. Que el imputado no esté suficientemente individualizado;

II. Que falte la determinación circunstanciada del hecho que el Tribunal estimó acreditado;

III. Que se base en medios o elementos probatorios no incorporados legalmente al juicio o incorporados por lectura con violación de las normas establecidas en este Código;

IV. Que falte, sea insuficiente o contradictoria la fundamentación y motivación de la mayoría del Tribunal o no se hubieran observado en ella las reglas de la sana crítica con respecto a medios o elementos probatorios de valor decisivo;

V. Que falte en sus elementos esenciales la parte dispositiva;

(REFORMADA, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2008)

VI. Que falte la fecha del acto y no sea posible fijarla o falte la firma de alguno de los jueces y no se pueda determinar si ha participado en la deliberación;

VII. La inobservancia de las reglas previstas para la deliberación y redacción de la sentencia;

VIII. La inobservancia de las reglas relativas a la correlación entre la sentencia y la acusación, y IX. La inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva.

Absolución

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 414 de Código Procesal Penal para el Estado de Zacatecas?

Los defectos de la sentencia que habilitan la declaración de nulidad serán los siguientes: I. Que el imputado no esté suficientemente individualizado; II. Que falte la determinación circunstanciada del hecho que el…

¿Está vigente el artículo 414?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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