Constitución Federal

Artículo 34 de Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 34. Son ciudadanos de la República los varones y mujeres que, teniendo la calidad de mexicanos, reúnan, además, los siguientes requisitos:

I. Haber cumplido 18 años, y II. Tener un modo honesto de vivir.

Artículo reformado DOF 17-10-1953, 22-12-1969

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 34 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos define quiénes son considerados ciudadanos en el país. Para ser ciudadano, es necesario cumplir con dos requisitos específicos.

  • Ser mexicano, ya sea por nacimiento o por naturalización.
  • Haber alcanzado la edad de 18 años.
  • Tener un modo honesto de vivir, lo que implica llevar una vida que no esté en conflicto con la moral y la ley.

Estos criterios son fundamentales para determinar la ciudadanía en México, lo que a su vez permite a las personas participar en procesos democráticos y ejercer derechos políticos.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 34 de Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos?

El artículo 34 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos define quiénes son considerados ciudadanos en el país. Para ser ciudadano, es necesario cumplir con dos requisitos específicos. Ser mexicano, ya sea por nacimiento o por naturalización. Haber alcanzado la…

¿Está vigente el artículo 34?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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