Artículo 121 de Constitución Política del Estado de Tamaulipas
Constitución Política del Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 121.- Los Juzgados de Primera Instancia, los Juzgados Menores y los Juzgados de Paz serán sostenidos por el Poder Judicial del Estado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.