Constitución estatal

Artículo 146 de Constitución Política del Estado de Tamaulipas

Constitución Política del Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 146.- Con el objeto de que la salud pública encomendada al Gobierno del Estado se intensifique, el Ejecutivo podrá coordinarse, mediante la celebración de convenios, con el Gobierno Federal y Municipal reservándose la intervención que estime necesaria, en términos de la propia ley.

CAPITULO III DE LAS VIAS DE COMUNICACION

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 146 de Constitución Política del Estado de Tamaulipas a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 146 de Constitución Política del Estado de Tamaulipas?

Con el objeto de que la salud pública encomendada al Gobierno del Estado se intensifique, el Ejecutivo podrá coordinarse, mediante la celebración de convenios, con el Gobierno Federal y Municipal reservándose la…

¿Está vigente el artículo 146?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.