Artículo 40 de Constitución Política del Estado de Tamaulipas
Constitución Política del Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 40.- El Congreso se reunirá para celebrar sus sesiones en los términos que le señalan esta Constitución y la ley.
Periódico Oficial del Estado Página 13 de 55 Constitución Política del Estado de Tamaulipas Última reforma POE No. 136 15-11-2011 Decreto XXVII- Legislatura Fecha de expedición 27 de enero de 1921 Fecha de promulgación 5 de febrero de 1921 Fecha de publicación Periódicos Oficiales números 11 y 12 de fechas 5 y 9 de febrero de 1921.
La estructura del Congreso contemplará un órgano de dirección política, un órgano de dirección parlamentaria, el establecimiento de comisiones para la instrucción de los asuntos que corresponde resolver al Pleno y la organización de los servicios parlamentarios y administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.
La Ley determinará las formas y procedimientos para la integración de los diputados, según su afiliación de partido, a efecto de garantizar la libre expresión de las corrientes ideológicas representadas en el mismo. Dichas formas de agrupación por afiliación partidista tendrán la participación que señale la ley en la organización y funcionamiento del Congreso; en su desempeño impulsan entendimientos y convergencias para alcanzar acuerdos que permitan el cumplimiento de las funciones que la Constitución asigna al Poder Legislativo.
(Última reforma POE No. 72 del 16-Jun-2011)
La ley establecerá los procedimientos para el desahogo de las atribuciones que corresponden al Congreso.
La ley también contemplará las normas de comportamiento parlamentario y las sanciones aplicables a su infracción.
La ley que establezca las normas de organización y funcionamiento internos del Congreso no necesitará de promulgación del Ejecutivo para tener vigencia, ni podrá ser objeto de observaciones o veto por parte de éste, y será publicada inmediatamente en el Periódico Oficial del Estado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.