Constitución estatal

Artículo 9 de Constitución Política del Estado de Tamaulipas

Constitución Política del Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 9º.- Los derechos de ciudadanos tamaulipecos se suspenden:

I.- Por incapacidad declarada legalmente;

II.- Por estar procesado. La suspensión produce efectos desde el momento en que se notifique el auto de formal prisión o desde que se declare que ha lugar para la formación de causa, tratándose de funcionarios que gocen de fuero constitucional;

Periódico Oficial del Estado Página 2 de 55 Constitución Política del Estado de Tamaulipas Última reforma POE No. 136 15-11-2011 Decreto XXVII- Legislatura Fecha de expedición 27 de enero de 1921 Fecha de promulgación 5 de febrero de 1921 Fecha de publicación Periódicos Oficiales números 11 y 12 de fechas 5 y 9 de febrero de 1921.

III.- Por falta de cumplimiento sin causa justificada, de las obligaciones impuestas por el Artículo anterior. Esta suspensión durará un año y se impondrá sin perjuicio de las otras penas que para la misma falta señale la Ley;

IV.- Por sentencia judicial;

V.- Por ser vago, ebrio consuetudinario o tahúr de profesión;

VI.- En los casos de suspensión de la ciudadanía mexicana.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 9 de Constitución Política del Estado de Tamaulipas?

Los derechos de ciudadanos tamaulipecos se suspenden: I.- Por incapacidad declarada legalmente; II.- Por estar procesado. La suspensión produce efectos desde el momento en que se notifique el auto de formal prisión o…

¿Está vigente el artículo 9?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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