Artículo 49 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 49 Los asuntos que sean materia de acuerdo económico se sujetarán a los trámites que fije (sic) la Ley Orgánica del Poder Legislativo y su Reglamento.
(REFORMADO, P.O. 27 DE DICIEMBRE DE 2017)
TÍTULO CUARTO (REFORMADO, P.O. 27 DE DICIEMBRE DE 2017)
CAPÍTULO I DEL PODER EJECUTIVO (REFORMADO, P.O. 3 DE AGOSTO DE 2019)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.