Artículo 124 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 124.- Los particulares podrán exigir el cumplimiento de las responsabilidades de la Administración Pública a través de sus Funcionarios Públicos y empleados conforme lo determinan esta Constitución y las Leyes correspondientes.
72 http://www.guerrero.gob.mx/consejeriajuridica consejeria_juridica@guerrero.gob.mx CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO TITULO DECIMO QUINTO DE LA REFORMA E INVIOLABILIDAD DE LA CONSTITUCION .
(ADICIONADO, P.O. 31 DE ENERO DE 1984)
CAPITULO UNICO.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.