Artículo 19 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 19.- Pierde la calidad de ciudadano del Estado:
I.- Quien por cualquier causa dejare de ser ciudadano mexicano; y II.- El que se coloque en las demás hipótesis que para ese efecto fijan las leyes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.