Artículo 4 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 4°.- Por esta única vez, la Legislatura se reunirá en sesiones ordinarias el día dos de abril del corriente año, y el período respectivo terminará el 31 de mayo del mismo año.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.