Artículo 5 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 5°.- El Estado de Michoacán de Ocampo se reserva los derechos que le otorga la Constitución General de la República, para rectificar sus límites con el Estado de Guerrero.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.