Artículo 6 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 6°.- Se ratifican todas las leyes y los acuerdos dictados por la XXXVI Legislatura, desde el 10 de julio de 1917 hasta la fecha de esta Constitución.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.