Constitución estatal

Artículo 106 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 106o.- Reformado por Decreto No. 51, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 15 de junio de 1968.

Reformado por Decreto No. 98, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 1o. de febrero de 1975.

Reformado por Decreto No. 224, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 14 de diciembre de 1984.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 106 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León?

Reformado por Decreto No. 51, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 15 de junio de 1968. Reformado por Decreto No. 98, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 1o. de febrero de 1975.…

¿Está vigente el artículo 106?

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¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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