Artículo 189 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 189.- Una ley determinará la organización y funcionamiento de todas las Oficinas de Hacienda en el Estado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.