Artículo 122 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 122. Los miembros de los Ayuntamientos y los Alcaldes son responsables de los delitos comunes, de las infracciones administrativas; así como hechos de corrupción que cometan durante su encargo.
(REFORMADO, P.O. 11 DE AGOSTO DE 2017)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.