Artículo 24 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 24. Son prerrogativas de las ciudadanas y los ciudadanos oaxaqueños habitantes en el Estado:
(REFORMADA, P.O. 28 DE AGOSTO DE 2021)
I.- Votar en las elecciones populares y participar en los procesos de plebiscito, referéndum, consulta ciudadana sobre revocación de mandato, audiencia pública, cabildo en sesión abierta, consejos consultivos y en los que establezcan las leyes;
(REFORMADA, P.O. 9 DE NOVIEMBRE DE 2019)
II.- Ser votadas y votados, para todos los cargos de elección popular, como candidatas o candidatos independientes o por los partidos políticos, de conformidad con las disposiciones normativas aplicables;
(REFORMADO, P.O. 13 DE NOVIEMBRE DE 2021)
III.- Las personas ciudadanas tendrán derecho a ser nombradas para cualquier empleo o comisión del servicio público, teniendo las calidades que establezca la ley;
(REFORMADA, P.O. 9 DE NOVIEMBRE DE 2019)
IV.- Asociarse individual y libremente para tomar parte en forma pacífica en los asuntos políticos del Estado;
(REFORMADA, P.O. 9 DE NOVIEMBRE DE 2019)
V.- Alistarse en la guardia nacional para la defensa del territorio y de las instituciones de la República y del Estado, en los términos que prescriben las leyes;
(REFORMADA, P.O. 28 DE AGOSTO DE 2021)
VI.- Colaborar voluntariamente en los trabajos gratuitos para beneficio de la comunidad a la que pertenecen, establecidos de manera colectiva bajo el principio de solidaridad, así como las tareas solicitadas por las autoridades para hacer frente a catástrofes como terremotos, inundaciones, incendios y otras causas que requieran su participación;
(REFORMADA, P.O. 28 DE AGOSTO DE 2021)
VII.- Acceder en igualdad de circunstancias a cualquier empleo, cargo o comisión;
(ADICIONADA, P.O. 30 DE JUNIO DE 2015)
VIII.- Presentar iniciativas de Ley, en los términos y con los requisitos que señalen esta Constitución y la Ley de la materia;
(REFORMADA, P.O. 28 DE AGOSTO DE 2021)
IX.- Participar en la observación de los procesos electorales y en los mecanismos de participación ciudadana, de conformidad con las leyes; y (ADICIONADA, P.O. 28 DE AGOSTO DE 2021)
X.- Participar en la organización y desarrollo de los procesos electorales y de los mecanismos de participación ciudadana a que le convoque el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana.
(REFORMADO, P.O. 25 DE SEPTIEMBRE DE 2021)
Los ciudadanos oaxaqueños residentes en el extranjero tienen derecho a votar en la elección del Gobernador del Estado, y a votar y ser votados como diputados migrantes de acuerdo al procedimiento establecido en la Ley; (sic)
(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 15 DE ABRIL DE 2011)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.