Artículo 22 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 22.- Los derechos y prerrogativas de la ciudadanía se suspenden:
(REFORMADA, P.O. 3 DE JUNIO DE 2009)
I.- Por incapacidad declarada conforme a las leyes;
(REFORMADA, P.O. 3 DE JUNIO DE 2009)
II.- Por falta de cumplimiento, sin causa justificada, de las obligaciones impuestas por el artículo anterior;
(REFORMADA, P.O. 29 DE JULIO DE 2020)
III.- Por estar procesados por delito que merezca sanción corporal, desde la fecha en que aquella se ordene como medida cautelar o en resolución firme, y por el término de su duración, con excepción de lo dispuesto en el artículo 126 de esta Constitución;
(REFORMADA, P.O. 3 DE JUNIO DE 2009)
IV.- Por sentencia ejecutoriada que imponga como pena esa suspensión;
(REFORMADA, P.O. 3 DE JUNIO DE 2009)
V.- Durante el cumplimiento de una pena corporal;
(REFORMADA, P.O. 31 DE JULIO DE 2023)
VI.- Por estar prófugo de la justicia, desde que se dicte la orden de aprehensión, hasta que prescriba la acción penal;
(REFORMADA, P.O. 31 DE JULIO DE 2023)
VII.- Por vagancia o ebriedad consuetudinaria, declarada en los términos que prevengan las leyes; y (ADICIONADA, P.O. 31 DE JULIO DE 2023)
VIII.- Por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexual, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos; y por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.
En los supuestos de esta fracción, la persona no podrá ser registrada como candidata para cualquier cargo de elección popular, ni ser nombrada para empleo, cargo o comisión en el servicio público.
[N. DE E. PERTENECE A LA FRACCIÓN VIII, P.O. 31 DE JULIO DE 2023] La ley fijará los casos en que se suspendan los derechos de la ciudadanía, y la manera de hacer la rehabilitación.
(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 29 DE JULIO DE 2020)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.