Constitución estatal

Artículo 15 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 15.- El individuo sometido a régimen de servidumbre que extañe (sic) menoscabo de su libertad, por sólo entrar en el Estado alcanzará la protección dispuesta en sus leyes para los habitantes.

En Quintana Roo no se conferirán títulos ni honores privativos o especiales con base al estado social o económico de las personas. Tampoco serán reconocidas distinciones semejantes sin importar quien las otorgue.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 15 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo?

El individuo sometido a régimen de servidumbre que extañe (sic) menoscabo de su libertad, por sólo entrar en el Estado alcanzará la protección dispuesta en sus leyes para los habitantes. En Quintana Roo no se conferirán…

¿Está vigente el artículo 15?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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