Constitución estatal

Artículo 63 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 63 BIS.- La Legislatura contará con las dependencias que requiera para el cumplimiento de sus funciones y determine su Ley Orgánica. Los nombramientos de las personas titulares de dichas dependencias se realizarán en apego al principio de paridad de género. En la estructura orgánica del Poder Legislativo se promoverá este principio.

(REFORMADO, P.O. 6 DE MARZO DE 2019)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 63 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo?

BIS.- La Legislatura contará con las dependencias que requiera para el cumplimiento de sus funciones y determine su Ley Orgánica. Los nombramientos de las personas titulares de dichas dependencias se realizarán en apego…

¿Está vigente el artículo 63?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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