Constitución estatal

Artículo 22 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO 22. Son derechos políticos de los ciudadanos:

I. Votar en las elecciones populares del Estado;

II. Poder ser votado para ocupar cargos de elección popular, o ser nombrado para cualquier otro empleo o comisión, si reúne los requisitos que la ley establezca;

III. Asociarse libremente para participar de forma pacífica en los asuntos del Estado, y IV. Participar conforme a las leyes de la materia en las consultas populares, plebiscitarias y de referéndum.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 22 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala?

Son derechos políticos de los ciudadanos: I. Votar en las elecciones populares del Estado; II. Poder ser votado para ocupar cargos de elección popular, o ser nombrado para cualquier otro empleo o comisión, si reúne los…

¿Está vigente el artículo 22?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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