Artículo 38 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 38. El Congreso del Estado se renovará en su totalidad cada tres años; la Legislatura entrante comenzará a funcionar el día treinta y uno de diciembre del año de la elección de que se trate.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.