Constitución estatal

Artículo 61 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO 61. El Gobernador al tomar posesión de su cargo otorgará ante el Congreso o en su caso, ante la Comisión Permanente la siguiente protesta: Protesto guardar y hacer guardar la Constitución Política de la República, la particular del Estado y las leyes que de una u otra emanen y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de Gobernador del Estado de Tlaxcala que el Pueblo me ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Entidad. Y si así no lo hiciere que el Estado me lo demande .

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 61 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala?

El Gobernador al tomar posesión de su cargo otorgará ante el Congreso o en su caso, ante la Comisión Permanente la siguiente protesta: Protesto guardar y hacer guardar la Constitución Política de la República, la…

¿Está vigente el artículo 61?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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