Constitución estatal

Artículo 76 de Constitución Política para el Estado de Guanajuato

Constitución Política para el Estado de Guanajuato · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO 76. En las ausencias o faltas temporales del Gobernador del Estado, se observarán las siguientes disposiciones:

I. Las ausencias hasta por noventa días serán suplidas por el Secretario de Gobierno; y (Fracción reformada. P.O. 27 de diciembre de 1985)

II. Si la falta temporal excede de noventa días, el Congreso designará un Gobernador Interino para que lo supla durante su ausencia.

De no estar reunido el Congreso, la Diputación Permanente lo convocará de inmediato, fungiendo como Gobernador entre tanto, el Secretario de Gobierno, como encargado del Despacho.

(Párrafo reformado. P.O. 27 de diciembre de 1985)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 76 de Constitución Política para el Estado de Guanajuato a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 76 de Constitución Política para el Estado de Guanajuato?

En las ausencias o faltas temporales del Gobernador del Estado, se observarán las siguientes disposiciones: I. Las ausencias hasta por noventa días serán suplidas por el Secretario de Gobierno; y (Fracción reformada.…

¿Está vigente el artículo 76?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.